El Tribunal Constitucional ha emitido una orden al Ministerio de Educación de la República Dominicana (Minerd) para desalojar una parcela que ha sido ocupada ilegalmente durante los últimos 30 años. En ese lugar se encuentra la Escuela Básica Hato del Medio Abajo, en Guayubín, Monte Cristi, construida en el año 1992.
Jueces del TC rechazron recurso de inconstitucionalidad. Wanda Méndez Santo Domingo, RD El Tribunal Constitucional ratificó la competencia del Tribunal Superior Electoral (TSE) para conocer las demandas de rectificación de las actas del estado civil, al considerar que están relacionadas con los conflictos electorales que le corresponde dirimir, por mandato de la Constitución. En base a ese criterio, rechazó anular el numeral 6 del artículo 13 de la Ley 29-11, orgánica del TSE, que atribuye competencia a esa Alta Corte para decidir las inst…
Foto de archivo Wanda Méndez Santo Domingo, RD El Tribunal Constitucional ordenó al Instituto Agrario Dominicano (IAD) entregar parcelas a 5 familias en asentamientos agrarios de Río San Juan, provincia María Trinidad Sánchez , tras ser desalojados de sus predios en el 2006 y asignados a la Corporación Dominicana de Empresas Eléctricas Estatales (CDEEE) para la construcción de una hidroeléctrica. El TC dispuso que el IAD restituya los derechos parcelarios a Juan Martínez Salcedo, Polonia De la Cruz, Wilton Martínez Almonte, Severo Israe…
Wanda Méndez Santo Domingo, RD. El Tribunal Constitucional estableció, mediante sentencia, que la Ley 200-04, sobre Libre Acceso a la Información Pública, es uno de los mecanismos de supervisión que el ordenamiento jurídico ha puesto a disposición de las personas, “a los fines de poder conocer, controlar y fiscalizar el uso de los recursos que nos pertenecen a todos”. Este criterio está contenido en la sentencia TC-0185-22, emitida el 21 de julio, mediante la cual ratificó un fallo que ordenó al Banco de Reservas entregar informaci…
Wanda Méndez Santo Domingo, RD El Tribunal Constitucional anuló una disposición del Consejo Universitario de la Universidad Autónoma de Santo Domingo (UASD), que exige tener menos de 50 años para participar en el concurso de oposición requerido para el ingreso como docente en esa academia. La alta corte declaró no conforme con la Carta Magna el literal d, del artículo 5, de la resolución número 2015-004, dictada por el Consejo Universitario de la UASD el 22 de enero de 2015; además acogió una acción directa de inconstitucionalidad i…
Fachada del Tribunal Constitucional. ( FOTO: ARCHIVO ) El Tribunal Constitucional dijo que es inconstitucional y, por ende, declaró la nulidad del artículo 99 de la Ley 15-99, Orgánica de Régimen Electoral sobre la automatización del voto.
El Constitucional no admite acción del PLD contra acta del Senado sobre segunda mayoría ante el CNM Wanda Méndez Santo Domingo, RD El Tribunal Constitucional declaró inadmisible una acción directa de inconstitucionalidad interpuesta por el Partido de la Liberación Dominicana (PLD) en contra del acta número 017, emitida por el Senado el 18 de noviembre del 2017, que aprobó el conocimiento en la sesión de ese día del informe favorable a la elección del Partido Fuerza del Pueblo como segunda mayoría ante el Consejo Nacional de la Magistratura…
El Tribunal Constitucional falló a favor del recurso de revisión de Adunas. Wanda Méndez Santo Domingo, RD El Tribunal El Tribunal Constitucional revocó una sentencia que ordenó a la Dirección General de Aduanas (DGA) y a la Dirección General de Impuestos Internos (DGII) abstenerse de requerir el pago de impuesto de primera placa a dos entidades. Acogió un recurso de revisión constitucional de amparo incoado por la Dirección General de Aduanas (DGA) y anuló la sentencia dictada el 11 de marzo de 2020, por la Tercera Sala del Tribunal Sup…
Santo Domingo, RD El Tribunal Constitucional anuló varios artículos de tres normativas dictadas por el Ayuntamiento de Santo Domingo Este, estableciendo que vulneran el derecho de propiedad y las disposiciones constitucionales sobre las facultades para imponer arbitrios nacionales y municipales.
Wanda Méndez Santo Domingo, RD El Tribunal Constitucional ordenó a la Policía Nacional el reintegro de una raso que fue cancelada por difundir “malsanamente” un video que muestra a dos de sus colegas besándose, entre un grupo de promoción de alistados de la Policía Nacional que desempeñan funciones en diferentes áreas de la Dirección General de Tránsito Terrestre (Digesette).
Wanda Méndez Santo Domingo, RD El Tribunal Constitucional reconoció competencia a la Oficina Nacional de Defensa Pública (ONDP), a través del Consejo Nacional de la Defensa Pública, para establecer un bono vacacional, como parte de su política salarial, “siempre que dicho órgano constitucional cuente con los fondos presupuestarios”.
El Tribunal Constitucional ha ido allanando el camino a los dueños de inmuebles para que puedan demandar el desalojo de los inquilinos cuando estos se niegan a entregarlos, protegiendo con ello su derecho de propiedad, que establece el artículo 51 de la Carta Magna.
El Tribunal Constitucional declaró la nulidad del numeral 7 del artículo 44 de la ley 33-18, de partidos, agrupaciones y movimientos políticos, que prohíbe la propaganda política mediante mensajes publicitarios en radio y televisión durante la precampaña electoral.
El Tribunal Constitucional ordenó al Ministerio de Obras Públicas y Comunicaciones (MOPC) entregar la lista de los nombres y desarrolladores de todos los fideicomisos de construcción para proyectos de vivienda de bajo costo, de conformidad con la Ley número 189-11, sobre Desarrollo del Mercado Hipotecario y el Fideicomiso en la República Dominicana.
Santo Domingo, RD El Tribunal Constitucional anuló el artículo 2 del decreto 392-16 que ordenó la suspensión inmediata de las operaciones de venta o reventa de inmuebles en el sector Los Tres Brazos, del Distrito Nacional, a raíz de denuncias de irregularidades.
La prostitución no está sancionada por las leyes dominicanas. Lo ha recordado ayer la Suprema Corte de Justicia (SCJ) por medio de jurisprudencia de la Sala Penal enviada a los medios de comunicación, donde deja claro que quienes se benefician de la prostitución, es decir, los proxenetas, estos sí podrían ser sujetos de sanción judicial. Indica el comunicado de la Suprema Corte de Justicia que quien explote y se lucre de la prostitución puede ser sancionado al amparo del artículo 334 del Código Penal Dominicano.
El Tribunal Constitucional (TC) estableció que las rutas de transporte público son un bien jurídico de dominio público y forman parte del patrimonio nacional, por lo que no pueden, ni deben, pertenecer a particulares. Señaló que por su propia naturaleza, las rutas del transporte público son de la exclusiva propiedad del Estado, “sin que puedan ser objeto de negocio”. “Es decir, que se encuentra prohibida su venta, donación, permuta o cualquier otro tipo de operación jurídica que conlleve el traspaso de la potestad absoluta o fracci…
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