Tribunal Constitucional ordena a MINERD desalojar un terreno ocupa ilegalmente desde hace 30 años

Solo un tribunal, siguiendo la ley, puede autorizar intervenir teléfonos.

El Tribunal Constitucional ha emitido una orden al Ministerio de Educación de la República Dominicana (Minerd) para desalojar una parcela que ha sido ocupada ilegalmente durante los últimos 30 años. En ese lugar se encuentra la Escuela Básica Hato del Medio Abajo, en Guayubín, Monte Cristi, construida en el año 1992.

La sentencia del Tribunal Constitucional establece un plazo de 30 días, después de finalizado el período escolar 2022-2023, para que el Minerd desocupe la parcela. Además, se impone una multa diaria de RD$5,000.00 al Ministerio de Educación, a favor del propietario del terreno, Darío Melquiades Castro Abreu, a partir del vencimiento del plazo para desocupar la parcela.

La acción de amparo fue presentada por Darío Melquiades Castro Abreu en marzo de 2019, reclamando el desalojo del terreno de su propiedad. El Tribunal Superior Administrativo también había ordenado el desalojo, pero el Ministerio de Educación interpuso un recurso ante el Tribunal Constitucional.

Tanto el Tribunal Constitucional como el Tribunal Superior Administrativo constataron que el Ministerio de Educación ha ocupado los terrenos desde 1992 sin contar con un acto de compra, donación, permuta o expropiación legalmente válidos.

En su sentencia, el Tribunal Constitucional señaló que la ocupación del Ministerio de Educación constituye una violación del derecho fundamental de propiedad del propietario legítimo, Darío Melquiades Castro Abreu. Además, destacó que la privación del derecho de propiedad ha sido comprobada y que el propietario ha solicitado el pago por el uso del terreno sin recibir respuesta por parte del Ministerio de Educación.

El Tribunal Constitucional revocó la sentencia emitida por la Primera Sala del Tribunal Superior Administrativo, que planteaba una negociación y pago por los terrenos ocupados. El Tribunal Constitucional consideró que la acción de amparo tiene como objetivo principal el desalojo y la imposición de multas en caso de incumplimiento, y que el tema de la propiedad no está en controversia.

El Ministerio de Educación argumentó que la acción de amparo debía ser declarada inadmisible debido a la existencia de otro medio legal, pero el Tribunal Constitucional consideró razonable la decisión de rechazar ese argumento.

Esta sentencia del Tribunal Constitucional establece un precedente importante en la defensa del derecho de propiedad y la lucha contra las ocupaciones ilegales de terrenos en la República Dominicana. El Ministerio de Educación deberá cumplir con la orden de desalojo en el plazo establecido y garantizar una transición ordenada en beneficio del propietario legítimo.

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