El juez supremo peruano Juan Carlos Checkley impuso este jueves 36 meses de prisión preventiva para el expresidente Pedro Castillo, quien ya se encuentra en prisión por su fallido autogolpe de Estado, mientras es investigado por un caso de corrupción.
Durante una audiencia virtual, Checkley dijo que la medida era "idónea" porque "no se trata de un juicio común, sino uno que reviste alta peligrosidad" y explicó que el exmandatario, detenido por 18 meses de prisión preventiva por el autogolpe, ha incurrido en obstaculización de la Justicia mediante el amedrentamiento de testigos, que ha llegado incluso a la misma fiscal general, Patricia Benavides.
En tal sentido, el magistrado dijo que Castillo enfrenta una probable pena de 32 años de cárcel por los presuntos delitos de organización criminal, tráfico de influencias y colusión.
La prisión preventiva contra el exmandatario responde a la presión que ejerció para la designación de un funcionario sin el perfil técnico como gerente general de la estatal Petroperú, así como la cancelación de un concurso internacional para la compra de biodiésel y su adjudicación a una empresa específica.
Igualmente, el nombramiento del exministro de Transportes y Comunicaciones Juan Silva, prófugo de la justicia, con la supuesta intención de copar ese ministerio con funcionarios afines que faciliten "direccionar los proyectos" de infraestructura, a cargo de esa cartera.
De la misma forma, el juez citó los dos millones de soles (medio millón de dólares) que la empresaria Karelim López dijo haber entregado a Castillo, a través de sus asesores en Palacio de Gobierno, para ser favorecida con una adjudicación de obras públicas.
Checkley afirmó que "Castillo tuvo una participación clave" en estas "conductas ilícitas".
Respecto al peligro de fuga y arraigo de Castillo, el juez supremo precisó que la detención del expresidente, en diciembre pasado, se produjo "cuando pretendía asilarse en la embajada de México", lo cual fue corroborado por las declaraciones públicas del embajador en Lima y del propio presidente mexicano, Andrés Manuel López Obrador.
La esposa y los dos hijos menores de Castillo fueron recibidos por López Obrador y asilados por ese país, horas después del fallido golpe de Estado.
Sobre el arraigo, el magistrado recordó que Castillo no tiene domicilio real actual y que no se puede considerar al penal de Barbadillo, donde está recluido desde diciembre, como su domicilio actual, como pidió su abogado.
CASTILLO NIEGA IMPUTACIONES
En la diligencia anterior, del pasado martes, Castillo negó "rotunda y categóricamente" que sea autor y forme parte de una organización criminal conformada durante su Gobierno (2021-2022), tal como lo acusó la Fiscalía al argumentar su pedido de 36 meses de prisión preventiva en su contra.
"Niego rotunda y categóricamente que soy autor y forme parte de una red criminal, el único delito que he cometido es servir a mi país como presidente de la República", señaló Castillo en una audiencia virtual convocada por el juez Checkley.
"No he cometido ningún delito, señor juez, el Perú sabe, el pueblo sabe, que hoy en día quienes han hecho la acusación constitucional también en todo caso serían parte de esta presunta organización criminal, porque pasaron en su mayoría en las oficinas del despacho presidencial", señaló.
Rechazó que la petición fiscal se sustente en un posible peligro de fuga cuando, según dijo, se encuentra "en un penal de alta seguridad" y que no tiene arraigo familiar, ya que su esposa y sus hijos están asilados en México.
"Acá no hay peligro de fuga, mi arraigo domiciliario hoy es este lugar (la prisión)", reiteró antes de decirle al juez que "tiene que demostrar que está del lado del pueblo no del lado de los enemigos".
El Ministerio Público también ha solicitado 36 meses de prisión pereventiva para los exministros de Transportes y Vivienda Juan Silva Villegas y Geiner Alvarado López, respectivamente.
Silva, quien está prófugo de la Justicia desde el año pasado, es acusado del delito de organización criminal y colusión simple, mientras que Alvarado es señalado como presunto autor del delito de organización criminal.
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